sábado, 30 de abril de 2011

Acceso gratuito: ¿cómo y para qué?

Entre el paquete de medidas que la discusión sobre el Plan Nacional de Banda Ancha había considerado, una importante era transformar el FITEL, originalmente dedicado a financiar programas de expansión de acceso telefónico en zonas de frontera y de pobreza extrema. La idea era lograr que el FITEL tuviera más autonomía, más recursos y la posibilidad de gestionar no solo pequeños proyectos, sino infraestructura estratégica, que permitiera llegar de manera más económica a buena parte del país, y así abaratar costos de entrada y operación en más lugares. Con ello, en el mediano plazo, no habría que subvencionar la banda ancha en ciertas localidades, sino que los precios finales serían manejables tanto para el operador como para el consumidor.

Detalles más o menos, la gracia está en la gestión antes que la normativa misma, pero el proyecto de ley (disponible aquí gracias a Maite Vizcarra) aprobado con modificaciones el jueves 28 de abril en el Congreso no es malo. Lo bastante malo es el añadido más bien descabellado al inicio.

La propuesta original buscaba declarar de "preferente interés nacional" la masificación de la banda ancha, pero ahora también se ha estipulado que el acceso a Internet es un "derecho fundamental", y más todavía, en el artículo uno, que el acceso gratuito a Internet es un derecho fundamental. Esto fue idea de Mauricio Mulder.

Si bien declarar el acceso a Internet como derecho fundamental es una buena idea, con la obligación de definir qué significa esto de por medio, cuando añadimos la categoría "gratuidad" la cosa no solo se complica sino se vuelve insostenible. ¿Quiere decir que tengo el derecho fundamental de no pagarle a Telefónica por mi conexión domiciliaria? ¿Que mi ejercicio de este derecho fundamental, aunado a los otros 18000 ciudadanos peruanos que la componen, exime a la PUCP de pagarle a Telmex? ¿O que el estado pagará por mí? ¿Cuánto pagará: por modestos 54 Kbps, por 1 Mbps, por los coreanos 22 Mbps? ¿Para hacer en concreto o para hacer lo que me dé la gana, como bajarme películas a todo meter todo el tiempo?

En otras palabras: ¿cómo se operacionaliza este derecho fundamental? Cuando se propuso la Declaración de Derechos Digitales, lo que se puso fue "acceso irrestricto", para indicar que no se quería gratuidad sino la garantía que el Estado o terceros encontraran cómo limitar mi acceso por razones de interés privado o por medidas administrativas. Es decir, que fuera un derecho como la libertad de expresión, que no por existir obliga al Estado a pagarme la imprenta o el transmisor de radio.

Si a esto añadimos que para tener acceso a Internet necesitamos tanto electricidad como infraestructura de telecomunicaciones, entonces bien podríamos exigir acceso gratuito a ellos para poder realizar el derecho final. Y claro, el Estado podría decirnos que al darnos este derecho, también nos crea obligaciones, como no usar más de cierto ancho de banda para el mal, no faltar a las buenas costumbres (mis buenas costumbres no siempre son las buenas costumbres del vecino, para no decir de un potencial vicepresidente de la República de color naranja y espíritu pre Conciliar) y un largo etcétera.

En otras palabras: este derecho es banal, así planteado. Incluso es peligroso. Ojalá sea retirado del texto final o vetado por el Ejecutivo, quien al final es que tiene que hacer que ocurra todo este paraíso interconectado.
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